Investigación/Research naturaleza de las normas deontológicas

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Cristina Fuertes-Planas Aleix

Abstract

La deontología, o ciencia de los deberes de los profesionales, está a caballo entre las normas morales y las normas jurídicas, siendo fundamental que actúan a modo de autorregulación de las personas implicadas. Por ello muchos autores las han calificado como una especie de “tertium genus”. Sobre ese aspecto, el acuñamiento del término, en el primer tercio del siglo XIX, sin perjuicio de que su práctica es mucho más antigua, trata este trabajo.

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How to Cite
Fuertes-Planas Aleix, C. (1998). Investigación/Research naturaleza de las normas deontológicas. Revista De Ciencias De La Comunicación E Información, 3, 45–53. https://doi.org/10.35742/rcci.1998.3.e223
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Articles
Author Biography

Cristina Fuertes-Planas Aleix, Complutense University of Madrid

Doctor of Law from the Complutense University of Madrid (UCM), with an Extraordinary Prize. She has completed several Master's degrees and written various books and more than fifty articles and book chapters in her specialty, with a teaching experience of more than thirty years and Award for Excellence in Teaching. She is a Corresponding Academician of the Royal Academy of Jurisprudence and Legislation of Spain (RAJyL), as well as Secretary and Coordinator of the Seminar and Publications of the area of ​​Philosophy of Law in the same. She is also Secretary of the Arbitration Commission , Complaints and Deontology of Journalism

References

Garzón Valdés, E. (1984): “Ética y Política”, en Anuario de Filosofía del Derecho.

Guasp Delgado, J. (1968): Derecho Procesal Civil, Madrid 1968.

Hart, H. L. A. (1962): “¿Hay derechos naturales?”, en Derecho y Moral. Contribución a su análisis, trad., Genaro Carrió, Depalma.

Lega. C. (1983): Deontología de la profesión de abogado, Civitas, S.A., segunda edición, Madrid.

Luna, A. (DE) (1954): Moral profesional del abogado, en AA.VV. “Moral profesional”, C.S.I.C., Madrid.

Malem Seña, J. F. (1990): Concepto y justificación de la desobediencia civil, Ariel Derecho, Barcelona.

Martínez Val, J. M. (1958): El Abogado: Alma y figura de la Toga, Cabal, Madrid, 1955 Cicerón: el Abogado. En el II Bimilenario de su muerte, en “Foro Manchego” y en “BICAM”.

Ética de la abogacía, segunda edición, Bosch, Barcelona, 1996, pág. 100 a 105.

Abogacía y abogados, Bosch, segunda edición, Barcelona, 1992, pág. 115.

Martí Mingarro, L. (1994): Abogados, no mercaderes, Revista OTROSÍ, Colegio de Abogados de Madrid.

Montero Aroca, J. (1994): Sobre la constitucionalidad de la jura de cuentas (comentario a la Sentencia 110/1993 de 25 de marzo, en “Derecho privado y Constitución.

Rawls, J. (1997): Teoría de la justicia, Fondo de Cultura Económica, Madrid.

Santaella, M. (1982): Introducción al derecho de la publicidad, Civitas, Madrid.

El nuevo derecho de la publicidad, Civitas, Madrid, 1989.

Ética de las profesiones jurídicas. Textos y materiales para el debate deontológico. Servicio de Publicaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid y Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia de Comillas. Madrid, 1995.

Weber, M. (1944): Economía y Sociedad, Fondo de Cultura Económica, México, pág. 111.

Lega, C. (1983): Deontología de la profesión de abogado, Civitas, S.A., segunda edición, Madrid.

Lega, C.: op. cit., pág. 25 y 26.

Santaella López, M. (1995): Ética de las profesiones jurídicas. Textos y materiales para el debate deontológico. Sdrvicio de Publicaciones de la Facultad de Derecho de la Universidad Com`lutense de Madrid y Facultad de Derecho de la Universidad Pontificia de Comillas. Madrid.

Malem Saña, J. F. (1990): Concepto y justificación de la desobediencia civil, Ariel Derecho, Barcelona.

Garzón Valdés, E. (1984): “Ética y Política”, en Anuario de Filosofía del Derecho.